top of page
Buscar

Dólar ahorro:Queda menos de una semana para solicitar la devolución del 35% retenido.Paso a paso

  • contadorcarlostolo
  • 26 mar 2021
  • 2 Min. de lectura

Hasta el 31 de marzo se podrán presentar las deducciones ante AFIP, mediante el Formulario 572. Por esa vía se pide la devolución de la percepción cobrada por la compra de dólar ahorro en 2020.

El próximo miércoles 31 de marzo vence el plazo para presentar las deducciones ante la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP). En esta oportunidad, la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias por el período 2020 incluye la solicitud de devolución del 35% retenido por la compra de dólar ahorro o por los gastos con tarjeta realizados en moneda extranjera, contrataciones de servicios en el exterior a través de agencias de turismo, entre otros rubros, para el caso de trabajadores en relación de dependencia y jubilados de altos ingresos.

El trámite que culmina en menos de una semana se realiza vía web, mediante el Formulario 572..

Fuente AFIP- INFOBAE.


  • Ingresar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior; asimismo, se debe poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

  • Informar a la AFIP la CBU en la que se acreditarán los fondos a través del servicio "Declaración de CBU".

  • Como paso adicional, se pueden consultar las percepciones realizadas en el servicio "Mis Retenciones".

  • En el servicio "Devolución de Percepciones AFIP" van a estar precargadas las percepciones practicadas en 2020, que fueron informadas por agentes de percepción como los agentes de viaje y los bancos. Las que no estén precargadas, se deberán subir manualmente. El trámite de devolución es mensual: si hubo percepciones desde septiembre hasta diciembre, la persona deberá presentar cuatro solicitudes de devolución.

Cabe aclarar que la persona tiene la obligación de conservar los comprobantes de las percepciones tales como facturas, extractos de cuentas bancarias, extractos de tarjetas de crédito y boletos de transporte, entre otros. Esto es especialmente importante en el caso de carga manual de percepciones, ya que es probable que la AFIP requiera con posterioridad que se aporten los comprobantes de las percepciones. POR MAS INFORMACIÓN Y DUDAS CONSULTAR AL CONTADOR.




CONSULTAR AL CONTADOR. TE INFORMARA EL PASO A PASO




 
 
 

Comments


bottom of page