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Transferencias bancarias y virtuales.Montos. (Homebanking/billeteras electronicas)

  • contadorcarlostolo
  • 8 oct 2024
  • 1 Min. de lectura

Servicios de administración e intermediación de cuentas virtuales, billeteras virtuales, inversión y financiamiento


Bancos y Administradores de billeteras virtuales, la Información que estan obligados a informar sobre tus movimientos a la AFIP :


La nómina de cuentas con las que se identifica a cada uno de los clientes, indicando, entre otros datos:

  • Tipo y número de cuenta

  • CVU

  • Cantidad de integrantes e identificación de involucrados en las cuentas mencionadas.

  • Los montos totales de los ingresos y egresos en las mencionadas cuentas, expresados en pesos argentinos, siempre que sean iguales o superiores a $400.000.


    Por su parte, solamente deberán informarse los ingresos y egresos a través de transferencia bancaria o virtual cuando el monto sea igual o superior a $1.400.000, para lo cual deberá detallarse: tipo de transferencia (bancaria o virtual), la CBU o CVU utilizada y el monto transferido en pesos.

  • El saldo final mensual de las cuentas, al último día hábil del período mensual informado, siempre que resulten iguales o superiores en el mes, en valores absolutos, a $700.000.


    De tratarse de montos expresados en moneda extranjera, moneda digital o criptomoneda, deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal, dependiendo del tipo de moneda a informar.

 
 
 

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